|
Buenos Aires, 13
de julio del 2006
En conocimiento del fallo dictado por el Tribunal Arbitral del
Deporte (TAS), con motivo de la apelación que oportunamente
dedujo el jugador Mariano Puerta,
la Asociación Argentina de Tenis quiere dejar expresada
su gran satisfacción ante el significado que, para el
propio jugador y para todo el tenis nacional, tienen los fundamentos
de la resolución dictada.
A través de la lectura del pronunciamiento
de ese tribunal, se advierte claramente que ha quedado suficiente
y satisfactoriamente explicado el total y justificado desconocimiento
por parte de Mariano Puerta de estar ingiriendo una sustancia
prohibida por las reglamentaciones en materia de antidoping.
Consecuentemente, se ha acreditado en forma fehaciente su absoluta
falta de "intencionalidad", circunstancia que, sumada
a la ineficacia de la sustancia consumida, atento su escasísima
cantidad, demuestra la inexistencia total de algún tipo
de ventaja física o deportiva.
Por ello, la excelente actuación que Puerta llevó
adelante durante el año 2005, y que quedo consolidada
con su brillante y épica final en Roland Garros ante
un gran campeón como Rafael Nadal, no se puede ver, en
modo alguno, afectada por suspicacias o conjeturas de ayudas
"extradeportivas", hoy totalmente descartadas.
Este fallo no solamente reivindica la actitud y la honestidad
de Mariano, nunca puesta en duda por esta AAT, sino que, sumado
a la reciente sanción adoptada por el mismo tribunal
ante la apelación de Guillermo Cañas, permite
advertir cuán equivocadas e infundadas resultaban todas
las acusaciones o comentarios que se formularon en términos
agraviantes sobre EL tenis argentino en su
conjunto.
En su momento, confiamos en Mariano. Ahora, en conocimiento
del fallo, deseamos fervientemente que el jugador, reciba con
satisfacción el reconocimiento a su integridad y que
pueda, en un futuro no tan lejano, volver a mostrarnos, en su
regreso a la actividad, su MUY IMPORTANTE
CAPACIDAD DEPORTIVA.
|